Sentencia del Tribunal de Distrito en 303 Creative v. Elenis (el caso de diseño de sitio web de bodas)

Sentencia del Tribunal de Distrito en 303 Creative v. Elenis (el caso de diseño de sitio web de bodas)

Siguiendo la orden de la Corte Suprema de remitir al Décimo Circuito, que a su vez llevó a la remisión al tribunal de distrito, el Juez Principal Philip Brimmer (D. Colo.) emitió la siguiente orden el martes:

Se ORDENA que los demandantes son las partes que prevalecen en esta acción bajo la sección 1988(b) del Título 42 del Código de los Estados Unidos. Los demandantes y sus abogados tienen derecho a recuperar sus honorarios razonables de abogados, costos y gastos por el trabajo relacionado con la litigación ante el tribunal de distrito. Además,

SE ORDENA que la Cláusula de Libertad de Expresión de la Primera Enmienda prohíbe a Colorado hacer cumplir la Cláusula de Alojamiento de la Ley contra la Discriminación de Colorado («CADA»), Sección 24-34-601(2)(a) del Estatuto Revisado de Colorado, para obligar a los demandantes a crear sitios web personalizados que celebren o representen bodas del mismo sexo o que de alguna manera creen o representen diseños originales, expresivos, gráficos o de sitios web que sean inconsistentes con sus creencias sobre el matrimonio entre personas del mismo sexo. Además,

SE ORDENA que la Cláusula de Libertad de Expresión de la Primera Enmienda prohíbe a Colorado hacer cumplir la Cláusula de Comunicación de CADA para evitar que los demandantes publiquen la siguiente declaración en su sitio web o que hagan declaraciones materiales similares en su sitio web y directamente a clientes potenciales:

Creo firmemente que Dios me está llamando a este trabajo. ¿Por qué? Personalmente estoy convencida de que Él me quiere – durante estos tiempos inciertos para aquellos que creen en el matrimonio bíblico – para brillar con Su luz y no quedarme callada. Él me está llamando a defender mi fe, a explicar Su verdadera historia sobre el matrimonio, y a usar los talentos y el negocio que me dio para proclamar y celebrar públicamente Su diseño para el matrimonio como una unión de por vida entre un hombre y una mujer.

Estas mismas convicciones religiosas que me motivan también me impiden crear sitios web que promocionen y celebren ideas o mensajes que violen mis creencias. Por lo tanto, no podré crear sitios web para matrimonios del mismo sexo o cualquier otro matrimonio que no sea entre un hombre y una mujer. Hacer eso comprometería mi testimonio cristiano y contaría una historia sobre el matrimonio que contradice la verdadera historia de Dios sobre el matrimonio – la misma historia que Él me está llamando a promover.

Además, se ORDENA que los demandados, sus funcionarios, agentes, empleados, abogados y quienes actúen en concierto o participación activa con ellos que reciban notificación efectiva de esta orden están permanentemente prohibidos de hacer cumplir:

[a.] La Cláusula de Alojamiento de CADA para obligar a los demandantes a crear sitios web personalizados que celebren o representen bodas del mismo sexo o que de alguna manera creen o representen diseños originales, expresivos, gráficos o de sitios web que sean inconsistentes con sus creencias sobre el matrimonio entre personas del mismo sexo; y

[b.] La Cláusula de Comunicación de CADA para evitar que los demandantes publiquen la declaración anterior en su sitio web y para hacer declaraciones materialmente similares en su sitio web y directamente a clientes potenciales…

Para más detalles sobre el razonamiento, consulte la orden completa. Un resumen rápido de la disputa factual subyacente:

La demandante Lorie Smith, a través de su negocio, la demandante 303 Creative LLC…, ofrece una variedad de servicios creativos, incluido el diseño de sitios web, al público. La Sra. Smith tiene la intención de ampliar el alcance de los servicios de 303 Creative para incluir el diseño, creación y publicación de sitios web de bodas. Sin embargo, los demandantes rechazarán cualquier solicitud de diseñar, crear o promover contenido que promueva cualquier concepción del matrimonio que no sea el matrimonio entre un hombre y una mujer. Los demandantes han diseñado un complemento al sitio web de 303 Creative que incluye una declaración de que no crearán sitios web «celebrando matrimonios del mismo sexo o cualquier otro matrimonio que contradiga el diseño de Dios para el matrimonio».